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lunes, 21 de octubre de 2013

España debe liberar a una terrorista condenada a 3.828 años de cárcel por 23 asesinatos

Es Inés del Río Prada, ex integrante de ETA y del siniestro Comando Madrid. Por decisión del Tribunal Europeo de DDHH, deberá también pagarle 31.500 euros. Sienta un precedente que podría liberar a otros 76 temibles criminales.

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos anunció hoy lunes su fallo definitivo sobre la condena dictada contra España por la aplicación de la Doctrina Parot a la etarra Inés del Río Prada.

La sentencia fue leída por el presidente del Tribunal, el luxemburgués Dean Spielmann,desde la sede de ese organismo en Estrasburgo.

La vista se celebró el pasado 20 de marzo, después de que España recurriera ante la Gran Sala tras haber sido condenada en julio del año pasado a excarcelar a Del Río en el plazo más breve posible y a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales y 1.500 por gastos y honorarios.

Del Río formó parte del histórico Comando Madrid a mediados de los años 80, liderado porJosé Ignacio de Juana Chaos y responsable, entre otros, del atentado con coche bomba en julio de 1986 en la madrileña Plaza de la República Dominicana, en el que murieron 12 guardias civiles.

Fue condenada por 23 asesinatos a 3.000 años de cárcel, de los que 2.232 correspondían a esa acción; y pese a que su puesta en libertad debería haberse producido en julio de 2008, por haber obtenido los beneficios penitenciarios, la aplicación de la doctrina la pospuso para 2017.

Esa doctrina se basa en un dictamen del Tribunal Supremo de febrero de 2006 por el que la ejecución de la totalidad de la condena comienza con las penas más graves y los beneficios se aplican individualmente para cada una de ellas, y no sobre el máximo legal de 30 añosde permanencia en prisión.

De este modo, una vez cumplida la pena más grave, se debe cumplir la siguiente y así sucesivamente, hasta el límite legal, lo que alarga la estancia en la cárcel.

En julio de 2012, después de que Del Río recurriera su caso ante el TEDH, este tribunal concluyó que su aplicación fue "irregular" y que las autoridades españolas debían ponerla en libertad lo antes posible.

La sentencia de este lunes sólo aborda este caso, pero sus conclusiones van a efectos prácticos más allá de éste por la repercusión que puede llegar a tener en todos los presos a los que se les haya aplicado.

En la vista de marzo, los representantes del gobierno español habían afirmado que el fin de esta doctrina conllevaría la puesta en libertad de 54 terroristas de ETA; siete del GRAPO; uno del GAL y 14 presos comunes, uno de ellos condenado por 74 violaciones.

En representación de España, se prevé que acuda este lunes el embajador ante el Consejo de Europa, Fernando Alvargonzález, y la expectación generada ha hecho que una veintena de medios de comunicación, la mayoría españoles, se hayan acreditado.


Fuente: Infobae

1 comentario:

  1. Esto es ninguna noticia impactante, ni increible. Ni es terrible como marcais.
    Es una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dice que España no puede aplicar retroactivamente una ley desfavorable al reo; que es basicamente lo que habia hecho la doctrina parot. La delincuencia y el terrorismo se combaten dentro del EStado de derecho, no mediante burdas maniobras contrarias a los derechos humanos básicos.
    Antes de escribir este tipo de noticias sensacionalistas y sin fundamento, deberíais informaros.

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